Según lo dispuesto por el Comité Operativo de Emergencia, en relación a la construcción privada, sólo se permitirá el trabajo constructivo en aquellas obras nuevas o en construcción donde no resida ninguna persona o grupo familiar y quedan excluidas las obras de ampliación y/o refacción de inmuebles habitados.
Deberá garantizarse además la alternancia de los distintos rubros de la construcción como instalaciones, aberturas, albañilería, etc, o sea realizar la actividad en distintas oportunidades, evitando provocar amontonamiento de personal.
El horario permitido para realizar las actividades será de 8 a 14 horas de lunes a viernes.
Otras disposiciones incluyen:
La compra de materiales deberá tender a realizarse vía online o telefónica, y la distribución será efectuada por el corralón o empresa habilitada a tal fin, y las compras serán realizadas dentro del mismo pueblo donde se encuentra la obra.
Medidas de profilaxis
- Individuales, de higiene personal (lavado manos)
- Distancias interpersonales
- Uso de Gel, barbijos
- Medidas sistémicas
- Equipos de protección
- Facilidades e instalaciones
- Sistemas de ventilación
- Medición de temperatura
- Por otra parte, solamente se autoriza a trabajadores residentes en la localidad.
- La cantidad máxima de personal por cada obra no debe ser mayor a 5. En caso de requerirse, por una actividad o etapa constructiva específica, un mayor número de trabajadores, se deberá tramitar con carácter previo ante la oficina de Obras Privadas del Municipio o Comuna, la autorización correspondiente.
- El personal no deberá estar trabajando en forma simultánea en un mismo espacio, y mantendrán una distancia mínima de 2 metros entre ellos.
- En este sentido, y relacionado con las normas de bioseguridad vigentes, no se permiten los tradicionales “asados de obra”.
- El personal deberá asegurarse que la ropa de traslado sea distinta que la ropa de trabajo. Para lo cual deberá disponer de un cambiador para tal fin.





