Mediante una nota que presentó en el cuerpo legislativo, el abogado explica su negativa a aprobar una orden de pago por 1.329.327 pesos a El Hormigón SA porque “el decreto que determina el pago es violatorio de normas constitucionales y de la ordenanza 2628, que lo hacen nulo y por tanto inaplicable”.
Según el tribunalicio, el decreto atenta contra los derechos de igualdad y propiedad establecidos en la Constitución Nacional, y contra varios artículos de la Constitución Provincial de Córdoba, como así también sobre varias
disposiciones de la Carta Orgánica Municipal.
En la presentación, Calvo insinúa que esta modalidad de contratación se convierte “en costumbre para la administración” y cita como antecedentes el sistema informático, la compra de ómnibus, de camiones y los desagües de calle Lardizábal, para luego plantear “habría que ver las consecuencias de esta forma de manejo de los dineros públicos”.
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